La prueba de hermeticidad o de presión es una operación para verificar que no existen fugas en la línea de gas.
De acuerdo al Reglamento de Gas Licuado de Petróleo (GLP) de la República de Panamá, aprobado mediante Resolución No. 060-16 de 19 de octubre de 2016 de la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura, la prueba de hermeticidad debe realizarse cada tres (3) años, o cuando se requiera ya sea por olor a gas, alto consumo u otro.
Lleva una bitácora de las pruebas de hermeticidad realizadas.
3. ¿Cómo se realiza una prueba de hermeticidad?
i. Cotice y establezca un alcance del trabajo igual para todas las plomerías.
ii. Contrate plomero idóneo (con licencias vigentes de la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura, y del Benemérito Cuerpo de Bomberos – Tipo A).
iii. Contacte a su empresa de suministro de gas para la desconexión y corte del suministro de gas.
iv. La prueba de hermeticidad solo se realiza con nitrógeno, aire comprimido, dióxido de carbono o gas inerte. NUNCA con GAS LICUADO DE PETRÓLEO, ni oxígeno (establecido en la normativa vigente).
v. Asegure que su plomero cierre las llaves de paso, desconecte los artefactos a gas y taponee las salidas durante TODA la prueba.
vi. Gestione con Bomberos y su plomero el pago, seguimiento e inspección del inmueble para obtener la certificación.
vii. Coordine la reconexión del sistema de gas: Su plomero idóneo, la administración y la empresa de suministro de gas deben estar presentes para el restablecimiento.
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